martes, 24 de febrero de 2009

Perú eliminará 20.000 leyes obsoletas


El congreso de Perú eliminará antes del mes de julio unas 20.000 leyes, de las 34.000 de las que consta su ordenamiento jurídico, que han quedado obsoletas, informa el diario peruano El Comercio en su edición digital.

La reforma legal tiene como objetivo que antes del verano de 2010 solamente queden vigentes unas 5.000 leyes. Para ello, tras eliminar las primeras 20.000 normas, las 14.000 restantes serán sometidas a una exhaustiva revisión.

La purga de estas normas obsoletas se producirá en tres etapas. En la primera tanda, que tendrá lugar en marzo, se cancelarán 2.900 leyes y el resto se eliminará en mayo y julio próximos, con lo que coincidirá con el fin de la actual legislatura parlamentaria, informa El Comercio.

El presidente del Parlamento, Javier Velásquez, considera que esta medida será una "herramienta fundamental para la reforma del Estado" y ha dicho que permitirá evitar la existencia de leyes que en algunos casos se contradicen y en otros "atrapan" al ciudadano en lugar de beneficiarlo.

El presidente del Congreso ha detallado que antes de aprobar la eliminación de las leyes la relación será publicada para que los ciudadanos, los colegios profesionales y otras organizaciones opinen, brinden sugerencias o detecten algún error u omisión.

Fuente: diario El Comercio de Ecuador – www.elcomercio.com

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domingo, 22 de febrero de 2009

Tratado de Libre Comercio Chile Perú entrará en ejecución el 1º de Marzo de 2009


El gobierno peruano a través del Ministerio de Comercio Exterior, dispuso la puesta en vigencia y ejecución del Acuerdo de Libre Comercio entre el Perú y Chile, a partir del primero de marzo próximo, según un Decreto Supremo publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

La norma dispone que el texto íntegro del Acuerdo de Libre Comercio Perú-Chile sea publicado en el Portal Electrónico del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur).

La norma señala que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo comunicará a las autoridades correspondientes las disposiciones que fueran pertinentes para la adecuada puesta en ejecución del Acuerdo de Libre Comercio Perú-Chile, así como las precisiones que fueran necesarias sobre sus alcances.

El Acuerdo de Libre Comercio entre Perú y Chile modifica y sustituye el Acuerdo de Complementación Económica entre Perú y Chile (ACE Nº 38), suscrito entre ambas naciones el pasado 22 de agosto de 2006, así como sus anexos, apéndices, protocolos y demás instrumentos, que hayan sido suscritos a su amparo, el cual fuera suscrito entre ambas naciones

El Acuerdo de Libre Comercio dispone que la Comisión Administradora estudiará y propondrá en el curso del primer año de entrada en vigor del Acuerdo, los términos que regularán la negociación de las Partes, en materia de contrataciones públicas.

Respecto a los servicios financieros, el Acuerdo de Libre Comercio Perú-Chile señala que las partes se reunirán un año después de la entrada en vigor del presente Acuerdo para negociar un capítulo de servicios financieros sobre una base mutuamente conveniente, y para lo cual se realizarán coordinaciones previas.

Asimismo, precisa que con la finalidad de evaluar la posibilidad de conferir algún tratamiento especial a las mercaderías elaboradas o provenientes de zonas francas, la Comisión Administradora, dentro del plazo de un año, contado desde la entrada en vigor del acuerdo, se abocará al análisis de dichos regímenes especiales vigentes en ambos países.

También se convino en suscribir un acuerdo de cooperación entre los respectivos órganos competentes del sector turismo, a fin de lograr, entre otras materias, la promoción conjunta de circuitos integrados de turismo frente a terceros países y asistencia técnica.

Fuente: Agencia Andina de Perú – www.andina.com.pe

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